Derechos Humanos de primera generación:
Los Derechos de Primera Generación o Derechos Civiles y Políticos se refieren a los primeros derechos que fueron consagrados en los ordenamientos jurídicos internos e internacionales. Estos Derechos surgieron como respuesta a los reclamos que motivaron los principales movimientos revolucionarios de finales del siglo XVIII en occidente. Estas exigencias fueron consagradas como auténticos derechos y como tales difundidos internacionalmente.
Los Derechos Civiles y Políticos están destinados a la protección del ser humano individualmente, contra cualquier agresión de algún órgano público. Se caracterizan porque imponen al Estado el deber de abstenerse de interferir en el ejercicio y pleno goce de estos derechos por parte del ser humano.
El Estado debe limitarse a garantizar el libre goce de estos derechos, organizando la fuerza pública y creando mecanismos judiciales que los protejan.
Derechos Humanos de segunda generación:
Los derechos de Segunda Generación o Derechos Económicos, Sociales y Culturales tienen como objetivo fundamental garantizar el bienestar económico, el acceso al trabajo, la educación y a la cultura, de tal forma que asegure el desarrollo de los seres humanos y de los pueblos. Su reconocimiento en la historia de los Derechos Humanos fue posterior a la de los derechos civiles y políticos, de allí que también sean denominados derechos de la segunda generación.
La razón de ser de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales se basa en el hecho de que el pleno respeto a la dignidad del ser humano, a su libertad y a la vigencia de la democracia, solo es posible si existen las condiciones económicas, sociales y culturales que garanticen el desarrollo de esos hombres y esos pueblos.
Derechos Humanos de tercera generación:
Los derechos humanos de tercera generación son los llamados derechos del pueblo o de solidaridad, porque surgen como respuesta a la necesidad de cooperación entre las naciones y los distintos grupos que las integran. Hacen referencia a tres tipos de bienes: paz, desarrollo y medio ambiente.
Estos derechos son una respuesta fraternal a las situaciones de discriminación en lo
económico, racial, cultural, religioso, entre otros, de grupos humanos que comparten una
misma época y espacio.
Se refieren a aspectos de tipo supranacional: pretenden un progreso social y un respeto
multinacional ante la diversidad que presentan las distintas culturas del mundo.
Derechos Humanos de cuarta generación:
Surgió con la emergencia de la tecnología de telecomunicaciones, la informática y la
biogenética.
La diferencia entre estos derechos y los de las generaciones anteriores radica en que el uso
y aprovechamiento de las TIC los hace indispensables para satisfacer las necesidades de los
individuos y la sociedad global.
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